CANAL DE DENUNCIAS

La Fundació Bon Salvador se rige por el Código General de Conducta, formado por el Reglamento Interno de Seguridad, regulador del tratamiento de la información. El Código General de Conducta establece los criterios de actuación que deben ser observados por todos los implicados en el desarrollo de la actividad profesional de la Fundació Bon Salvador. Su principal objetivo es fomentar la ética y la responsabilidad en el ejercicio de la actividad en la entidad.

El canal de Denuncias se ha creado para poder cumplir con los preceptos del Código general de conducta en materia de tratamiento de la información y de prevención de infracciones y Delitos. Esta herramienta posibilita que cualquier persona pueda comunicar cualquier incidencia, o denunciar aquellos hechos o comportamientos que, atendiendo a su criterio, infringen el Código General de Conducta, o bien, consideren que resultan irregulares, ilícitos o delictivos.

Este canal está gestionado por un despacho de abogados externo a la entidad, CIPDI, que dará trámite a todas las denuncias que se hagan a través del mismo garantizando así la confidencialidad del denunciante.


    Conserve este número. Si desea obtener información del estado de la tramitación de la denuncia póngase en contacto con el gestor externo del canal de denuncias al correo compliance@cipdi.com o mediante el número de teléfono 934.961.845 y facilite el anterior número.

    INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS.

    Responsable del tratamiento: CIPDI Tratamiento de la Información SL, con domicilio en C/ Sant Agustí n. 1 1º 1ª, 08301 Mataró (Barcelona) dpd@cipdi.com

    Finalidad del tratamiento: Gestión de la denuncia.

    Periodo de conservación: durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia denuncia y la investigación sobre los hechos denunciados.

    En todo caso, transcurridos tres meses desde la introducción de los datos, deben suprimirse del sistema de denuncias, salvo que la finalidad de la conservación sea dejar evidencia del funcionamiento del modelo de prevención de la comisión de delitos por parte de la persona jurídica. Las denuncias a las que no se haya dado curso sólo pueden constar de forma anonimizada, sin que sea de aplicación la obligación de bloqueo prevista en el artículo 32 de la LOPDGDD.

    Derechos: Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y revocación dirigiéndose por escrito al responsable del tratamiento.

    Más información: https://www.cipdi.com/aviso-legal/