CANAL DE DENUNCIAS

CIPDI Tratamiento de la Información SL se rige por el Código General de Conducta, formado por el Reglamento Interno de Seguridad (RIS), regulador del tratamiento de la Información y el Manual de Prevención de Delitos (MPD). El Código General de Conducta establece los criterios de actuación que deben ser observados por todos los implicados en el desarrollo de la actividad profesional de CIPDI. Su principal objetivo es fomentar la ética y la responsabilidad en el ejercicio de la actividad en la entidad.

El canal de denuncias se ha creado para poder cumplir con los preceptos del Código General de Conducta en materia de tratamiento de la información y prevención de infracciones y delitos. Esta herramienta posibilita que cualquier persona pueda comunicar cualquier incidencia, o denunciar aquellos hechos o comportamientos que, atendiendo a su criterio, infrinjan el Código General de Conducta, o bien, consideren que resultan irregulares, ilícitos o delictivos.

Funcionamiento del canal.

  1. Es necesario rellenar los campos obligatorios.
  2. Cuando se envía la denuncia, aparecerá en pantalla un mensaje de confirmación de la recepción de la denuncia con un código de referencia. Guarde este código. Puede consultar el estado del expediente en cualquier momento, contactando con nosotros e indicando el código de referencia.
  3. El plazo máximo para resolver el expediente será de 3 meses.

 


    Conserve este número. Si desea obtener información del estado de la tramitación de la denuncia póngase en contacto con el responsable de cumplimiento externo de la entidad al correo compliance@cipdi.com o mediante el número de teléfono 934.961.845 y facilite el anterior número .:

    INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS.

    Responsable del tratamiento: CIPDI Tratamiento de la Información SL, con domicilio en C/ Sant Agustí n. 1 1º 1ª, 08301 Mataró (Barcelona) dpd@cipdi.com

    Finalidad del tratamiento: Gestión de la denuncia.

    Periodo de conservación: durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia denuncia y la investigación sobre los hechos denunciados

    En todo caso, transcurridos tres meses desde la introducción de los datos, deben suprimirse del sistema de denuncias, salvo que la finalidad de la conservación sea dejar evidencia del funcionamiento del modelo de prevención de la comisión de delitos por parte de la persona jurídica. Las denuncias a las que no se haya dado curso sólo pueden constar de forma anonimizada, sin que sea de aplicación la obligación de bloqueo prevista en el artículo 32 de la LOPDGDD.

    Derechos: Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y revocación dirigiéndose por escrito al responsable del tratamiento. 

    Más información: https://www.cipdi.com/aviso-legal/